El Consejo de Estado admite demanda de nulidad contra el decreto que regula las actividades taurinas en Colombia

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El alto tribunal evaluará si el Gobierno Nacional se extralimitó al prohibir el uso de puyas, banderillas y la muerte del toro en el ruedo antes de julio de 2027. El sector taurino solicitó la suspensión provisional del Decreto 0703 de 2026.

La Sección Primera del Consejo de Estado admitió formalmente para su estudio la demanda de nulidad interpuesta contra el Decreto 0703 de 2026, mediante el cual el Gobierno Nacional reglamentó la etapa de transición hacia la prohibición definitiva de las corridas de toros en el país.

El recurso, presentado por el abogado Felipe Negret en representación de los gremios taurinos, cuestiona la legalidad de la norma expedida por el Ministerio de Cultura. Según los demandantes, el decreto vulnera lo dispuesto por el Congreso de la República en la Ley 2385 de 2024 («No Más Olé»), la cual fijó el cese total de la actividad taurina para julio de 2027.

Claves del conflicto jurídico
Punto de discordia: Eliminación inmediata de puyas, banderillas y el sacrificio del animal en el ruedo durante los tres años de transición.
Argumento gremial: El Ejecutivo alteró la naturaleza del espectáculo y desconoció que el legislador permitió mantener la modalidad tradicional hasta 2027.
Vulneración alegada: Violación de la confianza legítima, el debido proceso y los derechos al trabajo, la libre empresa y el mínimo vital de los trabajadores del sector.
Falta de concertación: Los demandantes sostienen que el Gobierno emitió la norma de forma unilateral, omitiendo las mesas técnicas de reconversión económica exigidas por la ley.

Medida cautelar en marcha

A la par con la admisión del trámite, el Consejo de Estado estudia una solicitud de suspensión provisional de urgencia que presentó el sector afectado.

Esta medida cautelar busca congelar de inmediato los efectos del Decreto 0703 de 2026 mientras el tribunal emite un fallo de fondo. De concederse la suspensión, las empresas y empresarios taurinos podrían desarrollar las ferias programadas para la temporada de fin de año y comienzos de 2027 bajo el formato tradicional.

Una de las más beneficiadas sería la Temporada Taurina de Manizales, que no tiene definido si podrá realizarse en enero próximo paralelo a la tradicional Feria de esta ciudad. Igual pasa con la Feria Taurina de Cali que se debe desarrollar entre el 25 y el 30 de diciembre.

Con la notificación oficial impartida al Gobierno Nacional y a las carteras ministeriales involucradas, corre el término legal para que el Ejecutivo rinda su contestación y defienda la legalidad de la reglamentación.

2 respuestas

  1. El Arte del Toreo, es lo más verdadero de vida y muerte, un animal se puede repetir con otro cuántas veces se quiera, la vida humana es única irrepetible, por eso se debe respetar y admirar la vida y profesión de los toreros.

  2. Las corridas de todos y las demás similares,
    Son y será culturas que representan cada región de nuestro país, que por más de 50 años le dan alegría y conocimiento a nuestros turistas y propios, además que permiten que se que miles de personas vivamos económicamente de este arte.por eso es importante, que esta ley absurda sea eliminada ya. Honorables Señores consejo del Estado Colombiano. (SI HAY TOROS )🐂

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